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Casos médicos (MEDAS)

puente aéreo

1. MEDA (Formulario de autorización médica del pasajero)

Deberás obtener una autorización del Servicio Médico de Iberia si tu cliente requiere una atención especializada en tierra o a bordo.

 

Por ejemplo:

 

  • Oxígeno con caudal entre 2 y 4l/minuto.

 

  • Cuidados sanitarios durante el vuelo.

 

  • Silla de ruedas (con oxígeno o escolta médica).

 

  • Uso de equipos o aparatos médicos durante el vuelo, por razones médicas.

 

  • Posibilidad de que una enfermedad pueda agravarse a causa o durante el vuelo.

 

  • Convalecencia de enfermedades graves que requirieron hospitalización.

No es necesario para:

CPAP, concentradores de oxígeno, dispositivos respiratorios y similares.

Una escayola. En los vuelos de más de dos horas de duración, el yeso tiene que llevar al menos 48 horas colocado, o bien ir abierto longitudinalmente.

• Pasajeros cuya enfermedad presumiblemente no empeorará durante el vuelo y que solo necesiten asistencia en tierra hasta/desde el avión (silla de ruedas WCHR/S/C sin oxígeno, sin escolta médica).

• Tarjeta médica para pasajeros frecuentes (Frequent Traveller Medical Card, FREMEC).

Recomendamos que tu cliente compruebe si debe presentar un informe de su médico habitual o consultarle, si:

  • Padece o ha padecido recientemente una enfermedad eventual o crónica relacionada con problemas cardiovasculares o respiratorios, anemia severa, diabetes inestable o cáncer. 
  • Está tomando medicación inmunodepresiva o si, por cualquier causa sanitaria, surgen dudas sobre su estado de salud actual para viajar.

Solicita asistencia especial para tu cliente con al menos 48 horas de anticipación a la salida de su vuelo; así garantizarás que todo esté dispuesto a su llegada.

Además, te aconsejamos que al realizar la reserva de tu cliente:

  • Te asegures de que exista tiempo suficiente entre la llegada y la salida de sus vuelos en conexión, si los tiene. Generalmente, el tiempo necesario de conexión con un vuelo internacional es mayor que el necesario con uno nacional. Como norma general, te sugerimos espaciar ambos vuelos al menos hora y media.
  • Compruebes que la conexión se realice en el mismo aeropuerto. Recuerda que en determinadas ciudades, podrá haber más de uno.
  • Compruebes que todos los códigos correspondientes (SSR) estén incluidos en la reserva.

A continuación, compartimos un listado de SSRs:

Código

WCHR

WCHS

WCHC

BLND

DEAF

MEDA

DPNA

SVAN

MAAS

Descripción

Silla de ruedas en la terminal hasta la rampa del avión.

Silla de ruedas hasta la puerta del avión.

Silla de ruedas hasta/desde el asiento.

Pasajeros con discapacidad visual.

Pasajeros con discapacidad auditiva.

Para casos que requieran Autorización Médica.

Todos los datos del INCAD/MEDIF deberán ser incluidos en la reserva con los SSR correspondientes.

Pasajeros con discapacidad intelectual (Disabled passenger with intellectual or developmental disability needing assistance assistance).

Perros de asistencia para personas con discapacidad física, sensorial, psíquica o intelectual.

Pasajeros que soliciten asistencia especial en el aeropuerto.

2. Solicitar autorización médica

Una vez establecida la necesidad de una autorización médica, deberás solicitarla indicando localizador, apellidos, vuelos y e-mail de contacto junto con el formulario INCAD debidamente cumplimentado y firmado por el médico del pasajero.

Los contactos para enviar la solicitud son: 

  • Agencias de Viaje de España, Europa, Israel, USA, Canadá y Asia:



 

Email: specialservices@iberia.es


 

Lunes a jueves de 9h a 18:30h y viernes de 9h a 18h.
Horario de verano: lunes a viernes de 9h a 18h (01 jul - 31 ago).



 

Contactar con el departamento de Servicios Especiales de Iberia. No se procesarán consultas fuera de este horario.

 

  • Agencias de Viaje del resto de la Red:



 

Contactar con su Call Center.

Ten en cuenta que:

• Iberia solo podrá autorizar casos médicos y servicios especiales en vuelos comercializados y operados por Iberia, Air Nostrum, Iberia Express y Level.

• Las solicitudes y reservas para estos vuelos deberán hacerse directamente con la compañía operadora con su código y número de vuelo.

• Las autorizaciones médicas deberán realizarse al menos con 48 horas de antelación para transporte regular y 24h para transporte urgente. Estos tiempos podrán ser ampliados según la disponibilidad de material (oxígeno ...), o por petición de información médica suplementaria.

• No se emitirá billete ni MPD hasta que Iberia haya incluido la autorización de transporte en la reserva (PNR).

• Todo caso MEDA autorizado con requerimiento de oxígeno, será únicamente válido para el/los vuelos solicitados, debiendo avisar de su cancelación y realizando un nuevo trámite cuando se necesite modificar fechas o vuelos. El resto de las autorizaciones serán válidas siempre que las condiciones médicas no hayan cambiado.

• El Servicio Médico de Iberia emitirá autorizaciones de lunes a viernes entre las 7h y las 15h (hora local de Madrid) y los sábados de 9h a 11h.

• Iberia no ofrecerá servicio de camillas en ninguno de sus vuelos.

• Si se precisa el servicio de una ambulancia, se deberá reflejar en el formulario INCAD. Más información en el apartado Ambulancias.

• El departamento médico de Iberia podrá solicitar información complementaria sobre el caso.

• La necesidad de acompañante vendrá determinada por lo cumplimentado en el INCAD (parte médico). Solo en casos excepcionales, el Servicio Médico decidirá qué tipo de acompañante necesita el pasajero. Más información en el apartado Acompañantes.

3. Pasajeros no aceptados

Casos médicos (MEDAS)

• Pasajeros cuya enfermedad pueda verse afectada durante o por el vuelo.   

• Pasajeros con enfermedades que se puedan contagiar a otros pasajeros. 

• Pasajeros cuya enfermedad o comportamiento pueda ser peligroso para otros pasajeros o suponer una amenaza para la seguridad del vuelo. 

• Pasajeros bajo la influencia evidente del alcohol, drogas o narcóticos.  

• Pasajeros que no puedan utilizar los asientos normales del avión, y que no puedan poner el respaldo del asiento en posición vertical, cuando les sea requerido en las distintas fases del vuelo.

• Pasajeros que hayan sido escayolados en las veinticuatro horas previas a la salida programada de su vuelo, con el fin de evitar cualquier afectación negativa en la zona lesionada por efecto de la presurización.

4. FREMEC (Frequent Travellers Medical Card)

Frequent Travellers Medical Card

La tarjeta médica para pasajeros frecuentes (Frequent Traveller Medical Card, FREMEC) es una autorización médica temporal para viajar con cualquier compañía aérea. Estará disponible para pasajeros habituales que sean enfermos crónicos estables.

 

La FREMEC evita la necesidad de obtener una autorización médica para cada vuelo según las condiciones que delimita la propia tarjeta, y se deberá presentar en el momento de hacer la reserva.

 

Las tarjetas FREMEC podrán ser expedidas por los Servicios Médicos de las compañías aéreas pertenecientes a IATA, sobre la base de un informe del mismo Servicio Médico.

5. Ambulancias

Iberia gestionará el tránsito en ambulancia dentro de la zona aeroportuaria y entre terminales en el aeropuerto de Madrid.

 

Los pasajeros que requieran servicios de ambulancias en cualquier punto del viaje deberán reflejarlo en el formulario INCAD, incluyendo el nombre y teléfono del servicio de ambulancias previsto para facilitar el acceso al avión.

 

La Compañía de ambulancias deberá contactar con el servicio de Relaciones Clientes de Iberia en el Aeropuerto u oficina de handling, con antelación suficiente a la salida o llegada prevista del vuelo.

 

Iberia no aceptará a ningún pasajero que, requiriendo el servicio de ambulancias, no haya realizado los preparativos necesarios previos al vuelo.

6. Oxígeno

Iberia ofrecerá un servicio especial de oxígeno a bordo de forma gratuita. El único oxígeno aceptado a bordo será el proporcionado por Iberia. La solicitud deberá realizarse con un mínimo de 48 horas de antelación.

 

• La dosis habitual administrada será de 2l/min o 4l/minuto.

• Iberia solo suministrará oxígeno a bordo del avión y si fuera necesario, en el traslado entre aviones.

• Iberia no suministrará oxígeno en ningún otro lugar. Tu cliente deberá realizar sus preparativos hasta el embarque y desde el desembarque.

Concentradores de oxígeno

• Tu cliente también podrá utilizar su propio concentrador de oxígeno o POC. Deberás comprobar que el aparato reúna las características de seguridad necesarias.

• Es imprescindible que funcionen con baterías y que estén homologados para el vuelo.

• Su tamaño oscilará alrededor de 30x30cm dependiendo del modelo. Su ubicación en el avión no deberá ocupar más espacio que el asignado al propio pasajero.

Otros dispositivos de ayuda

• Se admitirán CPAP y otros semejantes.

• Los aviones de Iberia no disponen de enchufes para los aparatos médicos de ayuda.

• Los aparatos como respiradores u otro tipo de dispositivos deberán llevar pilas secas.

• Todos los aparatos deberán poder ser desconectados en caso de ser requerido por motivos de seguridad en vuelo, por lo que no se podrán admitir si su desconexión pudiera poner en peligro la vida del pasajero

7. Silla de ruedas

Los pasajeros que soliciten una silla de ruedas se considerarán PMRs.