Restricciones aplicadas en los siguientes países: USA, República Dominicana, Costa Rica.
Está prohibido llevar en el equipaje de mano sustancias en polvo(*) que excedan de 12oz/350ml/350gr.
Recomendamos estas sustancias viajen en equipaje facturado, a fin de evitar que sean retirados en el control de seguridad y/o en puerta de embarque.
Medicamentos con receta
Comida de bebé
Restos humanos incinerados
Sustancias en polvo adquiridas en los Duty Free, siempre y cuando estén precintadas dentro de una bolsa STEB (Secure Tamper Evident Bag)
(*) En polvo, granulado o compacto, por ejemplo harina, azúcar, café molido o granulado, especias, leche en polvo y cosméticos.
(**) Podrán ser inspeccionadas por la Compañía.
Municiones, fulminantes, detonadores, espoletas, minas, granadas, bengalas, cargas explosivas de uso militar, fuegos de artificio, artículos de pirotecnia, botes de humo, cartuchos generadores de humo, dinamita, pólvora y explosivos plásticos.
Gasolina, gasoil, metanol, pinturas, barnices, aguarrás, disolventes, petróleo, adhesivos o alcohol.
Magnesio, encendedores de fuegos de artificio, películas de celuloide, azufre, carbón, fósforos o cerillas; y en general sustancias inflamables bien por ser autorreactivas o de combustión.
Lejía, kits de reparación de carrocerías, abonos o cloratos.
Dispositivos discapacitadores, raticidas, venenos, muestras para diagnóstico, vacunas, insecticidas, herbicidas, pesticidas, arsénico, sangre infectada, bacterias o virus.
Productos farmacéuticos con isótopos radiactivos, etc.
Ácidos, alcalinos, aparatos con mercurio, acumuladores eléctricos, baterías para automóviles y aparatos accionados eléctricamente mediante baterías.
Pilas y baterías de litio, cigarrillos electrónicos* y otros artículos peligrosos, tales como kits de primeros auxilios, material ferro-magnético, hielo seco, y baterías de coche.
* Transporte permitido solo en la cabina del avión.
Armas en general (pistolas, revólveres, rifles, escopetas, pistolas de juguete, reproducciones de armas de fuego, armas de aire comprimido, pistolas lanzabengalas/de señalización, arcos para flechas, ballestas, arpones-fusiles de pesca, hondas, tirachinas). Si se va a transportar algún tipo de arma, se deberá contactar con un agente de facturación.
Dispositivos destinados específicamente a aturdir o inmovilizar (pistolas y bastones para aturdir, pistolas láser, aturdidores para animales, pistolas de matarife, macis, rociadores de sustancias picantes, aerosoles de pimienta, gases lacrimógenos, rociadores de ácido, aerosoles repelentes de animales).
Hachas, piquetas para hielo, navajas, cuchillas de afeitar, cortadores de cajas, flechas, dardos, arpones, jabalinas, espadas, sables, equipos de artes marciales cortantes, tijeras, cuchillos y cualquier otro objeto punzante.
El transporte o envío de herramientas de trabajo como palancas, martillos, taladros, sierras, sopletes, radiales, pistolas grapadoras, etc. está únicamente permitido como carga.
Para reservar u obtener más información, contactar con IAGCargo.
Portafolios, cajas fuertes, sacos de dinero que incorporen baterías de litio o material pirotécnico. Las maletas inteligentes solo se aceptan si se retiran las baterías para llevarlas aparte en la cabina.
Gases comprimidos, licuados, licuados refrigerados o disueltos tales como propano, butano, acetileno, oxígeno, nitrógeno, insecticidas, botellas de aire comprimido para bucear o recargas para encendedores.
Motores de combustible, material magnetizado, baterías de litio u organismos modificados genéticamente, etc.
Dispositivos de oxígeno líquido y armas de electrochoque que contengan explosivos, gases comprimidos o baterías de litio.
Además de los objetos prohibidos a bordo del avión:
Armas en general (pistolas, revólveres, rifles, escopetas, pistolas de juguete, reproducciones de armas de fuego, armas de aire comprimido, pistolas lanza-bengalas/de señalización, arcos para flechas, ballestas, arpones-fusiles de pesca, hondas, tirachinas). Si se va a transportar algún tipo de arma, debes contactar con un agente de facturación.
Dispositivos destinados específicamente a aturdir o inmovilizar (pistolas y bastones para aturdir, pistolas láser, aturdidores para animales, pistolas de matarife, macis, rociadores de sustancias picantes, aerosoles de pimienta, gases lacrimógenos, rociadores de ácido, aerosoles repelentes de animales).
Hachas, piquetas para hielo, navajas, cuchillas de afeitar, cortadores de cajas, flechas, dardos, arpones, jabalinas, espadas, sables, equipos de artes marciales cortantes, tijeras, cuchillos y cualquier otro objeto punzante.
El transporte o envío de herramientas de trabajo como palancas, martillos, taladros, sierras, sopletes, radiales, pistolas grapadoras, etc. está únicamente permitido como carga.
Para reservar u obtener más información, contactar con IAGCargo.
Bates, palos de golf, porras, remos, monopatines, cañas de pesca, equipos para artes marciales, tiragomas, etc.
Sustancias y dispositivos que puedan o parezca que pueden causar heridas graves o amenazar la seguridad del avión: municiones, fulminantes, detonadores, imitaciones de dispositivos explosivos, minas, granadas, pirotecnia, cartuchos generadores de humo, dinamita, pólvora, explosivos plásticos.
Descarga aquí nuestra guía de objetos peligrosos.